El Departamento Ejecutivo envió en las últimas horas un proyecto al Concejo Deliberante para la realización de un sorteo y venta de 26 lotes municipales destinados a la construcción de primera vivienda.
Este tipo de acciones permite a los vecinos adquirir un terreno a un valor muy por debajo del mercado inmobiliario y paralelamente la comuna genera recursos para la concreción de obras.
Los requisitos para poder participar son los siguientes:
- Ser el o la solicitante, persona mayor de 18 años, y hasta 64 años de edad, que tenga o no grupo familiar.
- Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
- Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.
- Familias con ingresos formales entre DOS (2) y OCHO (8) SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil).
- No tener bienes inmuebles registrados a nombre del o la solicitante o cualquier miembro de su grupo familiar dependiente del mismo (cónyuge y/o convivientes e hijos a cargo), ni como propietarios/as ni como copropietarios, salvo la excepción prevista en el ARTICULO CUARTO inciso e)
- Antigüedad mínima laboral de DOCE (12) meses.
- Ninguno de los solicitantes y/o integrantes del grupo familiar deben haber sido adjudicatarios de viviendas o terrenos financiados por el Estado.
- Acreditar domicilio en el Partido de Balcarce de DOS (2) años, como mínimo, a la fecha de inscripción en el registro de aspirantes.
- La totalidad de los inscriptos como aspirantes serán elevados al Honorable Concejo Deliberante para la evaluación y convalidación del listado que será objeto de un sorteo público.
- Los aspirantes que contaren con la convalidación del Honorable Concejo Deliberante serán objeto de un sorteo público en base a lo siguiente: 1) El sorteo determinará el orden de cada adjudicación para los aspirantes; y 2) El Departamento Ejecutivo Municipal determinará el orden del sorteo de cada lote, sin derecho de preferencia alguna respecto de cada lote en particular.
- El convenio que suscriba cada aspirante que resultare beneficiario de cada adjudicación, de acuerdo a lo establecido precedentemente, deberá prever la posibilidad de pacto de retroventa.
- Cada aspirante podrá adquirir UN (1) único inmueble.