Vuelven a procesar a dos productores por explotación laboral

03/04/2017

La Cámara Federal de Casación anuló el sobreseimiento que había dictado un tribunal de Mar del Plata.

Los sujetos están acusados de explotar laboralmente a 23 personas. (Fuente – La Capital).

Dos productores de papa oriundos de nuestro medio volvieron a quedar procesados por “trata de personas con fines de explotación laboral” de 23 trabajadores.

La Cámara Federal de Casación anuló el sobreseimiento que había dictado un tribunal de Mar del Plata y volvió a procesar a los productores Jorge Oscar Fairbairn y Marcelo Eduardo Errecaborde.

Ambos están acusados de “haber captado, recibido y acogido, con el fin de explotar laboralmente y así obtener un provecho económico de ello, a al menos 23 personas, abusando de la situación de vulnerabilidad y desprotección en la que se encontraban las víctimas”.

Según“Los trabajadores desarrollaban la actividad de cosecha manual del cultivo de papa separados en dos grupos o cuadrillas en precarias condiciones laborales, toda vez que las jornadas de trabajo eran extremadamente extensas, desde las 4:30 hasta las 22 aproximadamente, de lunes a sábado en algunos casos y de lunes a lunes en otros”, sostiene la resolución.

Ello ocurría “en pleno período estival y sin la vestimenta adecuada para ello”, y además “en el lugar no contaban con condiciones mínimas de higiene y salubridad ya que carecían de agua potable, se alojaban y pernoctaban en habitáculos móviles, siendo éstos ómnibus colectivos de pasajeros adaptados con camas cuchetas”.

“No contaban con luz artificial continua, no tenían instalaciones sanitarias, no había inodoro ni duchas”, resume el texto. Ambos productores habían sido procesados por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, pero la Cámara Federal de Mar del Plata revocó el fallo y los sobreseyó porque entendió que se trataba de “meras irregularidades administrativas”.

Ahora, la Casación, con las firmas de los jueces Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky, anuló el fallo de la Cámara local y devolvió vigencia al procesamiento de primera instancia.

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