Tandil: Casación ratificó la condena al abogado Claudio Castaño y quedó detenido

05/05/2021

Ayer por la tarde, una comisión de efectivos de la DDI de Azul por orden judicial se trasladó a la ciudad con un objetivo concreto: ir al domicilio del abogado Claudio Castaño y notificarlo de la resolución y proceder a detenerlo. Sin ofrecer resistencia, el letrado ofreció sus muñecas para las esposas y de allí al móvil policial con rumbo a la dependencia policial local y, más luego rumbo a la vecina localidad, desde donde la autoridad judicial junto al Servicio Penitenciario resolverá el destino de la estadía tras las rejas.

La novedad judicial no cayó por sorpresa para el mediático abogado, puesto que la semana pasada había sido notificado por la justicia azuleña sobre la resolución de Casación, quien ratificó la condena en primera instancia en su contra. Consecuentemente, la fiscalía, con sus argumentos a cuestas, peticionó que se haga efectiva la sentencia que ahora había quedado firme, solicitud que fue aceptada por el tribunal y procedió a librar la orden de detención ayer.

Sobre el fallo, por doble conforme, los dos magistrados de Casación ratificaron el fallo en primera instancia que había fijado el juez del TOC 1 de Azul Gustavo Borghi, a propósito del juicio celebrado en septiembre de 2019, cuando Castaño fue sentado en el banquillo de los acusados por el delito de estafas a quienes eran sus clientes, delito por el cual fue condenado a la pena de 3 años y 8 meses de prisión de cumplimiento efectivo y mismo tiempo de inhabilitación para ejercer como abogado.

Los antecedentes

Tras protagonizar escándalos mediáticos y judiciales, ha sido merecedor de sanciones varias y suspensión de su matrícula, el letrado ahora debe afrontar la condena a prisión de cumplimiento efectivo, al aguardo de un juicio más delicado aún con eventuales consecuencias más severas, acusado de abuso sexual.

Como oportunamente se detalló en estas páginas,  el juicio por el cual Castaño fue llevado a debate a riesgo de que las causas –los delitos endilgados- prescribieran. Tras la sentencia condenatoria en primera instancia, ahora llegó la resolución del tribunal de alzada y así se confirmó la medida coercitiva.

Vale consignar que la sanción punitiva impuesta por el magistrado oportunamente no se quedó solamente con la prisión a cuatro años y ocho meses, más la inhabilitación para ejercer la profesión por el mismo tiempo. Con severidad, el fallo aludió también a otros condicionantes que dejaban al excéntrico abogado en una situación procesal incómoda como delicada.

Las obligaciones

Claudio Gustavo Castaño por este tiempo de libertad debió someterse a obligaciones tales como constituir domicilio especial dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires; presentarse el primer y tercer lunes de cada mes en la comisaría Primera de Tandil, debiendo manifestar cuál es su domicilio real, del que no podrá ausentarse por más de 48 horas sin conocimiento ni autorización previa de este Tribunal y comunicar las circunstancias que puedan imponerle una ausencia del domicilio por un término mayor.

También se le había fijado la  prohibición de mantener todo tipo de contacto con las víctimas y sus grupos familiares, y la prohibición de salir del país.

Los casos ventilados

Sobre el fallo del juez Borghi, se dio por acreditado que el sábado 5 de marzo de 2011, Castaño, abusando del desempeño de su profesión de abogado de la matrícula que hace presumir un conocimiento del Derecho, inexistente en la otra persona y aprovechándose de la situación de necesidad de Jorge Luis Deheza, quien se hallaba detenido en la Seccional Segunda de Policía desde las 5.30. aproximadamente, en virtud de haber cometido la contravención de incitación a la pelea, lo engañó al solicitarle la suma de 1500 pesos con el falso y supuesto pretexto de que debía remunerar al fiscal, juez o funcionarios intervinientes como condición necesaria para lograr su libertad por anticipado y que de lo contrario, siempre según el citado letrado, Deheza permanecería privado de la libertad durante varios días más en virtud de los feriados de los días lunes y martes siguientes (7 y 8 de marzo de 2011), cuando en realidad la detención de Deheza no podía fáctica, ni legalmente, prolongarse por más de algunas horas, siendo éste ardid o engaño desplegado por dicha persona de sexo masculino lo que condujo a Deheza, en la errada creencia de que las afirmaciones del letrado eran ciertas, a que se presentara el 5 de marzo de 2011 a alrededor de las 21 en el estudio jurídico del mencionado abogado, sito en General Paz 365, a los fines de definir ello, entregándole al mismo un monto de dinero inferior al pedido, quien lo recibió en su exclusivo beneficio.

Otra estafa

También dio por probado que entre los días 22 de junio y 9 de noviembre del 2011, Castaño, otra vez, intentó defraudar a Cesar Osvaldo Recroa, quien lo había contratado para que ejerciera su defensa técnica en el marco de una causa por daño y amenazas, en trámite ante la fiscalía 3, engañando a su representado –aprehendido en los autos de referencia-, al exigirle el 22 de junio de 2011 en horas de la mañana, en el edificio de Tribunales, la entrega de 2500 pesos, los cuales, siempre según el engaño desplegado por el letrado en perjuicio de su pupilo, debían serle entregados al Fiscal actuante, Luis Humberto Piotti y a su secretaria, la instructora judicial,  María Andrea Brogno, como remuneración a los fines de que Recroa recuperara su libertad, pues de lo contrario, sería trasladado a una Unidad Penitenciaria, reiterándole ese mismo pedido de entrega de dicha suma de dinero para esos destinatarios antes aludidos, el 9 de noviembre de 2011 en horario diurno, en la vía pública, más precisamente frente a la entrada al campo donde residía Recroa, sito en Cerro Chato, sobre la ruta Nacional 226, kilómetro 173, en el Partido de Tandil, no logrando consumar el ilícito descripto por razones ajenas a su voluntad, dado que la víctima decidió no abonar lo que le requería el citado abogado.

El tercer caso

Por último, también se encuentra legalmente acreditado que días previos al 11 de marzo de 2011, en horas de la tarde o de la noche, Castaño engañó a Luis Eduardo López y Luis Eduardo López (h), padre y hermano respectivamente de su defendido Eduardo Nicolas López en una  causa  por tentativa de homicidio, al solicitarles en su estudio la suma de 1500 pesos, con el falso y supuesto pretexto que debía remunerar a un funcionario policial u otro funcionario público, para lograr el retiro de la motocicleta que había sido entregada el 26 de febrero de 2011 a las 16.30, aproximadamente, en la Seccional Segunda para practicarle pericias dispuestas en el marco de la citada causa, dado que según lo expresado por el letrado a las víctimas, ese dinero servía para evitar los estorbos que se producirían por las supuestas irregularidades que dicho vehículo podría presentar en caso de ser detectadas por el personal policial, como por ejemplo la retención y envío de dicho rodado al corralón municipal y el pago de una multa para retirarla, efectuando para fortalecer el ardid o engaño descripto, al menos una llamada telefónica donde se comunicó o aparentó hacerlo, con un funcionario público a quien expresó cuestiones relativas a la entrega del rodado, seguido de lo cual les indicó que se dirigieran a esa Seccional Policial y que para retirarla, hablasen con el funcionario policial Moreno, por lo que este ardid o engaño desplegado, condujo a que Luis Eduardo López padre, en la errada creencia de que las afirmaciones del abogado eran ciertas, se presentara y le entregara al aludido profesional el monto de dinero pedido, quien lo recibió en su exclusivo beneficio.

Los agravantes

Limitándome exclusivamente a lo que fuera motivo de contradicción por las partes, Borghi valoró como agravantes su calidad de profesional de la abogacía al implicar una mayor conciencia del autor de la ilicitud de las conductas enrostradas, que revela una decisión más consciente contraria al Derecho; el aprovechamiento de sus especiales conocimientos del concreto ejercicio práctico de su profesión en materia penal y contravencional del que los damnificados carecían y de la situación de necesidad que éstos atravesaban por privación de algún bien preciado; la pluralidad de ilícitos ejecutados a diversas víctimas lo que generó mayor extensión del daño causado en relación a los bienes jurídicos protegidos que son la imagen del funcionario público que pretende desvirtuarse con la remuneración supuestamente destinada a él y el patrimonio de la víctima; el efectivo perjuicio patrimonial producido a Deheza y López y las reiteradas sanciones disciplinarias que registra, anteriores a estos hechos, por parte del Colegio de Abogados de Azul por su inconducta procesal.

Un juicio pendiente

Respecto a la situación procesal de Castaño, el abogado no solo ha quedado seriamente comprometido, y ahora detenido, por los hechos ventilados y ya juzgados con sentencia firme (doble conforme), aún aguarda por otro debate por otro hecho y con eventuales consecuencias más gravosas a la hora de medir la pena en expectativa que le cabe si recibiera otro revés judicial.

Se trata de una causa iniciada en 2017 por abuso sexual. Más precisamente fue denunciado por violar a un joven de 26 años con un cuadro psiquiátrico, quien  expuso en la Comisaría de la Mujer haber sido sometido sexualmente por el abogado.

Tras sustanciarse la prueba, el fiscal Marcos Eguzquiza imputó formalmente al letrado y por esos días pidió la detención, petición que no contó con el aval del Juzgado de Garantías, considerando  que el cúmulo de probatoria en aquel estadio del expediente aún resultaba inconsistente para adoptar una medida coercitiva (prisión) para un delito que no resulta excarcelable.

Por lo que se pudo confirmar en las últimas horas, el juicio por esta denuncia sufrió una nueva postergación, fijándose audiencia para el 21 y 22 de junio del 2022.

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