Relevaron del cargo a la maestra que detuvieron con droga

27/03/2017

Sería de forma preventiva, hasta tanto la Justicia y la Dirección General de Escuelas emitan un dictamen.

Mientras la investigación judicial sigue su curso, la docente fue separada preventivamente de su cargo.

La docente de nivel primario que quedó a disposición de la Justicia luego de haber sido allanado su domicilio particular,  fue separada preventivamente del cargo durante la mañana de este lunes.

Pese a que tenía la intención de presentarse frente a sus alumnos, las autoridades educativas tomaron la decisión, rechazada en primer término por la Doctora Nidia Levy, representante legal de la maestra. Según se pudo conocer, cumpliría funciones en otro establecimiento educativo sin estar al frente de un grupo de chicos.

Mientras tanto, la Fiscalía local sigue adelante con la investigación luego de haber realizado dos operativos simultáneos en los que secuestraron marihuana dentro de la casa de la docente y su vecino, en el Barrio Pueblo Nuevo.

Por estas horas se aguardan las pericias realizadas en los teléfonos celulares secuestrados, entre ellos el de una maestra que el pasado jueves se presentó ante el Fiscal y se negó a declarar, quedando imputada del delito de «Tenencia simple de estupefacientes».

¿Qué dice el Estatuto Docente?
Según resalta el artículo Nº6 de la Ley 10.579 el personal docente debe cumplir con una serie de obligaciones. Entre ellas, destaca el «observar dentro y fuera del servicio donde se desempeñe una conducta que no afecte la función y la ética docentes».

Asimismo, el punto 139 clarifica ante este tipo de faltas:  «Cuando a un docente se le impute la comisión de faltas o hechos que configuren presuntivamente faltas graves, la dirección docente correspondiente procederá a una investigación a efectos de resolver sobre la conveniencia o no del pedido de instrucción del sumario a la Subsecretaría de Educación. Si por la naturaleza y gravedad de los hechos fuese inconveniente la permanencia en el desempeño del cargo por parte del presunto imputado el funcionario actuante podrá relevarlo transitoriamente de sus funciones, debiendo dar cuenta de ello a la rama técnica correspondiente dentro de las cuarenta y ocho (48) horas».

 

 

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