Provincia reglamentó las licencias por violencia de género

09/03/2020

El decreto justifica la ausencia, total o parcial, de una o varias jornadas laborales completas o establece permisos que impliquen flexibilidad en el horario.


El gobierno bonaerense presentó el decreto reglamentario que incorpora la “Licencia por Violencia de Género” en el ámbito de la administración pública de la provincia de Buenos Aires. 

El decreto reglamenta la Ley 14.893, promulgada el 23 de enero de 2017, que estableció una “Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia”, destinada a «todas las trabajadoras de la administración pública o sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria de la provincia de Buenos Aires, cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan”.

La Licencia justificará la ausencia, total o parcial, de una o varias jornadas laborales completas o bienen permisos que impliquen flexibilidad en el horario de entrada y de salida durante la jornada de trabajo. Podrá ser otorgada por un plazo de hasta 35 días por año calendario, continuos o alternados, cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan.

El otorgamiento será obligatorio y su uso no podrá ser modificado, suspendido ni interrumpido por razones de servicio. Ninguna trabajadora podrá ser despedida ni sancionada por haber solicitado dicha licencia.

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