La baja de contagios por coronavirus tanto en el país como en la provincia de Buenos Aires generó expectativa en los comercios y la industria, principales motores económicos de la sociedad.
En este sentido fue que este lunes, tras 14 semanas consecutivas de baja de contagios, se publicó en Boletín Oficial una ley que apunta a regular la habilitación para el funcionamiento de Salas de Teatro Independiente, Centros Culturales y Espacios Culturales Alternativos dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires.
La nueva disposición lleva la firma de Federico Otermin, Presidente Honorable Cámara de Diputados, y Veronica Magario, Presidenta del Honorable Senado bonaerense.
En el artículo 3º establece que «los Espacios Culturales Alternativos, considerándose tales a aquellos establecimientos con una capacidad máxima para trescientos (300) asistentes y una superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados de superficie cubierta, en el que se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia, radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y artistas, y todas las actividades autorizadas para los Teatros Independientes, Peñas, Milongas, Clubes de Música en Vivo y Centros Culturales».
En tanto que el artículo 4º se refiere a la habilitación de los teatros independientes.
Las Salas y Espacios Teatrales Independientes se clasifican en:
a) Sala Teatral y Espacio Independiente Clase «A» hasta cincuenta (50) localidades.
b) Sala Teatral y Espacio Independiente Clase «B» desde cincuentaiún (51) a ciento veinte (120) localidades.
c) Sala Teatral y Espacio Independiente Clase «C» desde ciento veintiún (121) a trescientas (300) localidades.