El homicidio ocurrió hace un año en la estación de servicio abandonada de Colón y México. Sabrina Belén Medina está detenida desde el día del ataque mortal a Noelía Cornes.
“Qué se joda, ya me tenía podrida”. Esas fueron las palabras que Sabrina Medina le dijo a una de las personas con las que compartía refugio en la estación de servicio abandonada de Colón y México luego de matar de una puñalada a Noelía Cornes. Por el crimen, cometido hace exactamente un año, la mujer de 28 años fue condenada a ocho años y medio de prisión tras la validación de un juicio abreviado.
Esa tarde Medina estaba durmiendo en una pequeña dependencia del predio que usaban como refugio cuando Cornes –de 34 años- ingresó y le preguntó si tenía un colchón. A partir del relato de las otras personas que estaban en el lugar la imputada se levantó, tomó un cuchillo y tras una breve discusión le asestó una puñalada a la altura del corazón que provocó la muerte de la víctima minutos más tarde.
Una de las personas que estaba en el lugar declaró ante el personal policial que llegó al lugar y el fiscal Leandro Arévalo que Medina se fue caminando del lugar mientas llevaban a Cornes hasta la vereda para pedir una ambulancia. Otro de los ocupantes del predio dijo que se despertó con los gritos de ayuda y encontró a la víctima “tirada en el piso, acostada boca arriba, inconsciente, con los ojos abiertos y una herida cortante a la altura del corazón”.
Minutos después del ataque otro de los ocupantes de la estación de servicio abandonada le hizo señas a un patrullero que recorría la zona y denunció que había una mujer gravemente herida y que la atacante se había fugado del lugar. Otros efectivos policiales alertados de la situación atraparon a Medina a doscientos metros del lugar cuando caminaba por la calle Perú.
Sin dudas en cuanto a la participación de la imputada por la totalidad de las pruebas reunidas durante la investigación penal preparatoria a cargo del fiscal Arévalo se arribó a un acuerdo que se presentó en el Tribunal Oral en lo Criminal 2 y que el Juez Alfredo Deleonardis consideró “admisible la abreviación del trámite procesal”.
En la sentencia a la que tuvo acceso 0223 el magistrado descartó cuestiones eximentes de responsabilidad penal y valoró como atenuantes la falta de antecedentes penales de la imputada, al momento de la perpetración del hecho y “el buen concepto vecinal que corresponde inferir ante la ausencia del informe respectivo”. Como agravante valoró “la futilidad del motivo que determinara la agresión homicida, revelador de la indiferencia de la imputada respecto a la pérdida de una vida humana”.
Tras calificar al hecho como constitutivo del delito de homicidio simple el Juez condenó a Sabrina Belén Medina a la pena de ocho años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas del proceso.