Es oficial la eliminación del IVA para productos de la canasta básica y el congelamiento del precio de la nafta

16/08/2019
Las medidas anunciadas por Mauricio Macri para paliar la crisis salieron en el Boletín Oficial.

Las medidas anticrisis anunciadas por el presidente Mauricio Macri, la eliminación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una serie de productos de la canasta básica y el congelamiento del precio de la nafta, se concretaron este viernes con dos decretos publicados en el Boletín Oficial. «Mi única prioridad es cuidar a los argentinos», comenzó afirmando Macri en un mensaje enviado el jueves a través de sus redes sociales.

«Vamos a eliminar el IVA a los principales productos que consumen los argentinos, confío en que será un alivio», agregó Macri, quien sostuvo que el mismo se debe aplicar en todo el país.

«El presidente de la Nación decreta: La venta de los productos de la canasta alimentaria que forma parte integrante de la presente medida, estará alcanzada por una alícuota equivalente al cero por ciento en el impuesto al valor agregado, establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado», se publicó en el el Decreto 567/2019 este viernes en el Boletín Oficial.

Esta decisión del gobierno nacional comienza a regir a partir de este viernes y se extenderá hasta el 31 de diciembre.

La lista completa de alimentos que no tendrán IVA

  • Pan.
  • Leche.
  • Aceite girasol y mezcla.
  • Pastas secas.
  • Arroz.
  • Harinas de trigo.
  • Polenta.
  • Rebozador y pan rallado.
  • Yerba mate.
  • Mate cocido y té.
  • Conservas de frutas.
  • Hortalizas y legumbres.
  • Yogures.
  • Azúcar.

En tanto, el Decreto 566/2019 estipula que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local durante los próximos 90 días corridos deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al día 9 de agosto de 2019.

La normativa, que lleva las firmas de Macri y de los integrantes del Gabinete nacional, puntualiza que se debe aplicar un tipo de cambio de referencia de 45,19 dólares y un precio de referencia BRENT de 59 dólares por barril.

También especifica que las empresas productoras de hidrocarburos deberán cubrir el total de la demanda de petróleo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales, proveyendo de manera habitual y continua a todas las refinerías ubicadas en el país para responder a las necesidades internas.

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