El Gobierno envió al Concejo el proyecto que contempla beneficios para comerciantes

28/04/2020

La propuesta incluye reducciones y hasta exenciones de algunas tasas. Además, se dará la posibilidad a los contribuyentes de pagar en cuotas y sin intereses.


El Departamento Ejecutivo envió este martes al Concejo Deliberante el proyecto que contempla beneficios para los comerciantes que se han visto impedidos de abrir sus negocios durante el aislamiento social, obligatorio y preventivo.

El escrito fue elaborado luego de la reunión que el intendente Esteban Reino compartió con los titulares de Hacienda y Gobierno, Francisco Ridao y Ricardo Stoppani, respectivamente, y los concejales Leandro Spinelli y Agustín Cassini.

La propuesta, que incluye reducciones y hasta exenciones de algunas tasas y dará la posibilidad a los contribuyentes de pagar en cuotas y sin intereses, sería tratada cuanto antes por el Legislativo de manera tal de no dilatar la ayuda económica para los comerciantes.

Esta es la lista de beneficios que están contemplados en el proyecto:

  • Prorrogar para junio el vencimiento de la primera cuota correspondiente a la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
  • Prorrogar para agosto el vencimiento de la segunda cuota correspondiente a la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.
  • Eximir la totalidad del pago de la segunda cuota correspondiente a la tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, la contribución para la salud y la contribución para los Bomberos Voluntarios a aquellos contribuyentes que presenten la debida declaración jurada.
  • La tasa por Inspección de Seguridad e Higiene podrá ser abonada en hasta dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas a las que no se le aplicarán ningún tipo de interés.
  • Eximición del 50% de valor correspondiente a la tercera cuota del canon de para licenciatarios de remises.
  • Eximición del 100% de valor correspondiente a la tercera cuota de la tasa de Servicios Especiales de Desinfección de Combis y Ómnibus.
  • Eximición del 50% de valor correspondiente a la segunda cuota de la tasa de Servicios Especiales de Desinfección de Taxis.
  • Eximición del 50% del valor correspondiente a la segunda cuota bimestral de la tasa por Servicios Urbanos Municipales.
  • Eximición del 25% de valor correspondiente a las cuotas 5 y 6 de la tasa por Servicios Urbanos Municipales.
  • Eximición del 100% del valor correspondiente a las cuotas 6 y 7 de la tasa por Servicios Urbanos Municipales para aquellos inmuebles donde se desarrollen actividades comerciales que se encuentren suspendidas.
  • Eximición del 100% del valor correspondiente a la primera cuota de Derechos de Ocupación y Uso de Espacios Públicos.
  • Eximición del 15% del valor que resulte de la Declaración Jurada, de Derechos de Publicidad y Propaganda.

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