En algunos casos por supuestas violaciones a la Ley Penal Cambiaria y también por falta de presentación de documentación durante inspecciones realizadas.
Suspendidos. Agentes de Bolsa en la mira de la Comisión Nacional de Valor.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central (BCRA) suspendieron y citaron a agentes de Bolsa, extrabursátiles, empresas y operadores cambiarios, en algunos casos por supuestas violaciones a la Ley Penal Cambiaria y también por falta de presentación de documentación durante inspecciones realizadas.
En tanto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) inhabilitó también a 30 empresas que pretendían pagar servicios de fletes al exterior por importes equivalentes a 145 millones de dólares, pero además suspendió sus CUIT para que no puedan acceder al mercado oficial de cambios y le informó de los casos al BCRA para que investigue y eventualmente aplique la Ley Penal Cambiaria.
Por el lado de las sociedades de Bolsa, la CNV hizo saber suspendió a Arpenta y a JR Bursátil, «debido a serios incumplimientos de las normas establecidas, detectados semanas atrás durante inspecciones realizadas en conjunto con el Banco Central (BCRA) y Unidad de Información Financiera (UIF)».
La CNV indicó que, en el caso de Arpenta, «se pudo corroborar en sus oficinas la existencia de 48 cajas de seguridad, utilizadas para prestación de servicios a clientes. Se trata de una situación que excede el marco de actividades que puede desarrollar una Sociedad de Bolsa en el contexto regulatorio del mercado de capitales», detalló.
«En cuanto a JR Bursátil, los funcionarios que se presentaron en el domicilio legal de la Sociedad registrado ante la CNV en la ciudad de Mendoza, verificaron que allí no funcionaba la misma, sino que funcionaban las oficinas de Ripa y Asociados INT. Consulting Group. En cambio, JR Bursátil funcionaba en la ciudad de Mar del Plata», señaló el comunicado.
A su vez, el BCRA citó a una docena de operadores cambiarios y bursátiles para dar explicaciones por eventuales violaciones a la Ley Penal Cambiaria, según apareció publicado hoy en el Boletín Oficial.
En total son 12 edictos que se refieren a cuatro empresas y a nueve particulares, convocados todos ellos a comparecer en «diez días hábiles bancarios» ante la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario y el área de Sustanciación de Sumarios Cambiarios del BCRA, bajo apercibimiento de ser declarados «en rebeldía» si no lo hacen.
Por último, la AFIP inhabilitó a 30 empresas para el giro de divisas al exterior ya que, según dijo el organismo, «pretendían pagar servicios por fletes contratados con empresas del exterior por montos incompatibles con su situación fiscal».
En un comunicado informó que, además, les «suspendió el CUIT para que las empresas accedan al Mercado Único Libre de Cambios e informó al Banco Central para que inicie las investigaciones referidas a la Ley Penal Cambiaria».
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