Balcarce en fase 5 de distanciamiento: qué actividades se prohíben según el decreto presidencial

08/06/2020

Las actividades deportivas, culturales y sociales solo podrán realizarse siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas. Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios a una persona cada 2,25 metros cuadrados.


La mayor parte del país pasó a la etapa de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio. Las únicos lugares exceptuados, y que seguirán cumpliendo la cuarentena como hasta hoy, son el AMBA, Córdoba capital, Trelew y Bariloche y General Roca (Río Negro).

Las provincias y ciudades que pasan a la etapa de Distanciamiento deberán cumplir con tres ítems imprescindibles. El sistema de salud debe contar con la capacidad adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria; las localidades no deben tener circulación comunitaria del virus Covid-19; y el tiempo de duplicación de casos no debe ser inferior a los quince días.

Entre las normas de comportamiento que deben cumplir aquellos que accedan a la fase del distanciamiento social está la distancia mínima de dos metros, la utilización de tapabocas en espacios compartidos, le higiene de las manos, la desinfección de las superficies y la ventilación de los ambientes. 

En el caso de las actividades económicas y productivas, podrán tendrán que tener aprobado un protocolo de funcionamiento por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de la capacidad.

Las actividades deportivas, culturales y sociales solo podrán realizarse siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas. Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios – ya sean salas de reunión, oficinas, comedor, cocina o vestuarios – a una persona cada 2,25 metros cuadrados. Para eso se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados. Además, aclara que los gobernadores podrán dictar los protocolos para la realización de estas actividades.

En tanto, las actividades que permanecerán prohibidas durante la etapa de distanciamiento social serán la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez personas; la práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes; la apertura de cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; y el turismo.

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