Anses: cómo acceder al cobro de asignaciones por matrimonio, nacimiento y adopción

30/01/2020

La Administración Nacional de la Seguridad Social informó cuáles son los requisitos para cobrar las asignaciones familiares por matrimonio, nacimiento y adopción.


La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) publicó en detalle cuáles son los requisitos para cobrar las asignaciones familiares por matrimonio, nacimiento y adopción. El organismo señaló que para requerir estas prestaciones es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrada en las bases del organismo.

En el caso de que los datos del titular y su grupo familiar no estén registrados en las bases de la entidad, se deberá actualizar y solicitar un turno para realizar el trámite. La verificación de los datos se realiza en www.anses.gob.ar, sección MI ANSES, con la Clave de la Seguridad Social. En caso de que haga falta el turno se puede solicitar en el 130 o en www.anses.gob.ar, sección Accesos rápidos, Turnos, Asignaciones Familiares, Asignaciones Familiares – Prestaciones de Pago Único (Nacimiento, Nacimiento sin Vida, Matrimonio, Adopción).

Las Asignaciones Familiares de pago único por matrimonio, nacimiento y adopción están destinadas a los trabajadores en relación de dependencia, titulares de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), de la Prestación por Desempleo y de la Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Requisitos para acceder al cobro

Tanto los ingresos del grupo familiar como los de cada integrante no deben superar los topes máximos vigente en el mes que se solicita la prestación.
Matrimonio: el pago es individual a cada uno y pueden requerirlo ambos cónyuges, a partir de los dos meses y hasta los dos años de ocurrido el enlace.

Nacimiento/Adopción: el pago debe solicitarse dentro de los dos años de la fecha de ocurrido el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben haber percibido el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el matrimonio, el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.
Relación de dependencia deben tener una antigüedad mínima de seis meses al momento de contraer matrimonio, ocurrido el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.

Trabajo de temporada deben tener una antigüedad mínima de seis meses al momento de contraer matrimonio, ocurrido el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.

Titulares de la Prestación por Desempleo deben haber percibido la cuota correspondiente al mes de ocurrido el matrimonio, el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.

Titulares de la Prestación por Desempleo deben haber percibido la cuota de la prestación correspondiente al mes de ocurrido el matrimonio, el nacimiento o dictada la sentencia de adopción.

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